jueves, 5 de enero de 2017

Obligaciones de los arrendatarios



El arrendatario esta obligado a las reparaciones locativas, que se refiere aquellas de especies de deterioro que ordinariamente se producen por culpa del arrendatario o de sus dependientes. Se obliga a conservar, a realizar mantenimientos, a reponer las piezas dañadas por originales y a sustituir los enseres que hayan tenido pérdida total por uno de la misma marca, calidad y referencia, siempre y cuando se haya recibido en excelentes condiciones al momento de la toma del inmueble.

Reparaciones
Techos
Cristales y cerámicas
Puertas y cerraduras
Pisos, baldosas y zócalos
Mantenimientos
Cañería, tuberías y grifos
Paredes y ventanas
Conductos y canaletas de aguas residuales.
Cercas y rejas
Aires acondicionados
Puertas, muebles y ventanas
Mantener el inmueble libre de comején y óxidos
Jardín
Mantener el inmueble aseado
Estufas, hornos y campanas extractoras
Cortinas en buen estado
Piscina


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