Si usted tiene arrendado un inmueble directamente o a través de un tercero, le aconsejamos ceder el contrato a una inmobiliaria, para que se encargue del manejo del arriendo, aprovechando así las ventajas que por su experiencia, éstas le brindan, tales como:
- Controlar que los incrementos de arriendo se hagan en las fechas que correspondan según la ley y el contrato de arriendo
- Mejor Control del pago de los servicios públicos y administraciones
- Cuentan con matrícula de arrendador, requisito indispensable para poder arrendar según la Ley 820 articulo 28 y decreto 51 de 2004.
- Ayudan a recuperar deudas.
- Si las condiciones del contrato, tales como canon, y aumentos no se ajustan a las a los precios del mercado actual, gestionan y en muchos casos logran la firma de un nuevo contrato favorable y acorde al precio real.
- Al cederse el contrato se hace una visita al inmueble para ver el estado. Se puede hacer inventario.
- Se generan facturas y recibos de pago de arriendo, evitando que el inquilino puede alegar posesión.
- En muchos casos se asegura el arriendo, garantizando el pago al propietario aun cuando el inquilino no cancele.
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